Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2018-S3
Fecha: 30-Nov-2018
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
José Luis Aguilar Quispe, Fiscal de Materia, manifestó que: “El abogado defensor hacía referencia de que se hubiera vulnerado el debido proceso el derecho a la defensa, entendemos que se debería indicar en cual vertiente estamos ingresando, por lo que entendí es que se violó el derecho al debido proceso por una confesión base para poder disponer una detención preventiva (…). Lo que al Ministerio Público le interesa es obtener la verdad material…” (sic), razón por la cual continúan las investigaciones de elementos en contra y elementos en favor. Asimismo adujo que no existe la vulneración al debido proceso y solicitó se deniegue la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- el debido proceso es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales, jurisdiccionales y administrativas, y constituye una garantía de legalidad procesal prevista por el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales o administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- 5)
- 6)
- respecto a la probabilidad de autoría
- en relación a la concurrencia de los peligros procesales
- CONFIRMAR