SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2018-S3

Fecha: 30-Nov-2018

respecto a la probabilidad de autoría

En el caso concreto, respecto a la probabilidad de autoría, se advierte que el Auto de Vista de 22 de agosto de 2018, confirmó la detención preventiva impuesta al ahora accionante exponiendo de forma clara que este fue encontrado con una motocicleta en inmediaciones del lugar del hecho, siendo que por informe de la FELCN ya se tenía conocimiento que se iba a realizar la transacción de la sustancia controlada en el sector en el que fue posteriormente aprehendido el impetrante de tutela; asimismo, se sustentó la concurrencia de este primer presupuesto en el contenido del Informe SC-PD1800046, en el que consta que habría sido el mismo accionante quien refirió ser contratado para vigilar la seguridad de la transacción.

Al respecto, se advierte que la exposición de las autoridades demandadas en relación a la probabilidad de autoría del accionante se encuentra sustentada en primer lugar en el hecho de haber sido encontrado y aprehendido en el lugar del hecho dado que ya se tenía conocimiento de que se realizaría una transacción de sustancias controladas en el mismo, exponiendo de forma clara y suficientemente fundamentada la presunta comisión del ilícito penal en atención a esta circunstancia; sin embargo, pese a que dicho análisis constituye suficiente argumento para constituir la concurrencia del art. 233.1 del CPP, las autoridades demandadas en su motivación también refirieron el contenido del Informe SC-PD1800046, a partir del que se tiene una confesión de la autoría del delito en sede policial, aspecto que al tratarse de un acto de manifestación del procesado que va en propio desmedro no debió ser estimado como un elemento de motivación en la consideración de la situación jurídica del impetrante de tutela.