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    AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2018-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2018-RCA

    Fecha: 21-Dic-2018

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 20 de 21 de noviembre de 2018, cursante de fs. 71 a 74, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Diego Salces Durán y Juan Jesús Balderrama Sánchez en representación legal de Aracely Rea Rodríguez contra William Elvio Castillo Morales, Gerente Regional Santa Cruz a.i. de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedente
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • Fragmento 7
    • computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
    • cuando se reclama ante instancias no competentes o por medios no idóneos, éstos no pueden interrumpir el plazo de seis meses de caducidad del recurso de amparo
    • a partir de la comisión de los actos denunciados o de notificada la última decisión administrativa o judicial cuando existan medios idóneos y específicos, toda vez que cuando se reclama ante instancias no competentes, por medios inidóneos o de forma extemporánea, éstos no interrumpen el plazo establecido de caducidad en las acciones de amparo constitucional
    • Fragmento 11
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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