II.3.
II.3. Mediante Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 294/2017 de 30 de noviembre, se declaró “IMPROBADO” el recurso de apelación y confirmó la RA 115/2017, bajo los siguientes argumentos: 1) De la revisión y compulsa de antecedentes, al tenor del art. 87 de la LRDPB, se asignó el valor correspondiente a cada uno de los elementos de prueba con la aplicación de las reglas de la sana crítica, justificando y fundamentando adecuadamente las razones por las cuales les otorga determinado valor, en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba producida durante el desarrollo del proceso administrativo disciplinario, se garantizó al hoy accionante hacer uso del conjunto de facultades y garantías que le confieren los arts. 115 y 166 de la CPE y la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana; citando asimismo, el art. 85 de la LRDPB; 2) La apreciación resulta excesiva y demasiado rigorista, puesto que dicho error de forma no tiene mayor incidencia en el fondo de la resolución; toda vez que, examinada la fundamentación de la Resolución hoy cuestionada, se advierte que la misma hace referencia a los hechos ocurridos el 2 de noviembre de 2014, llegándose a establecer que los miembros del Tribunal de primera instancia no incurrieron en ningún acto ilegal que amerite revocar la precitada Resolución; y, 3) De la revisión a la RA 115/2017 se evidencia que la misma se encuentra motivada y fundamentada, además existen las convicciones determinativas que justifican razonablemente la decisión adoptada, tomando en cuenta que la fundamentación y motivación de una Resolución no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de considerandos y citas legales, sino al contrario, conlleva que la Resolución sea concisa y clara, que justifique razonablemente la decisión asumida, como ocurre en el presente caso, las normas del debido proceso (fs. 100 a 108).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III.1
- III.2.1 Sobre la falta de fundamentación y motivación de la Resolución del Tribunal Disciplinario Superior Permanente de la Policía Boliviana 294/2017
- tres agravios
- primer agravio
- segundo agravio
- tercer agravio
- REVOCAR en parte
- 2°
