SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2018-S3

Fecha: 03-Dic-2018

denegó

El Juez Público de Familia Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 06/18 de 6 de junio de 2018, cursante de fs. 161 vta. a 165 vta., denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) Dentro de los principios configuradores de la acción de amparo constitucional, resalta la inmediatez y la subsidiariedad, de manera que dicha acción de defensa procede sólo cuando no existe otro medio o recurso inmediato y efectivo para la protección de los derechos y garantías que se consideran restringidos, suprimidos o amenazados de serlo; b) Cuando no se cumple con el agotamiento de los mecanismos que otorga el ordenamiento normativo, no es posible analizar la problemática planteada, mucho menos otorgar tutela constitucional; c) El Auto de Vista 108, dio respuesta a todos los agravios expuestos y cumplió con los requisitos de igualdad, congruencia y motivación, por lo que no se lesionó el debido proceso; y, d) La facultad de valorar los medios probatorios, es atribución exclusiva de los órganos jurisdiccionales ordinarios.