SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0632/2018-S3

Fecha: 03-Dic-2018

II.7.

II.7.  Cursa documento privado reconocido en su firmas el 8 de abril de 2009, por el que Juan Maita Solíz y Marco Antonio Vásquez Soto -este último en representación de Francisco Sejas Valdivia-, como emergencia del proceso ejecutivo seguido por Janneth Magalí Estrada Rivera, se comprometieron a realizar el pago de la deuda, en tres cuotas, la última el 8 de octubre del referido año, asimismo consta un recibo de pago por el monto de $us100.- (cien dólares estadounidenses [fs. 118 a 121]).