SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2018-S3

Fecha: 12-Dic-2018

concedió

El Juez Público de Familia Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 5 de 14 de junio de 2018, cursante de fs. 359 a 361 vta., concedió la tutela solicitada, ordenando que la Directora Departamental del SERECI Santa Cruz -hoy demandada- en la vía administrativa jerárquica dicte una nueva resolución con la debida motivación, congruencia y observando el debido proceso, en base a los siguientes fundamentos: i) Por el principio de congruencia se violentó el debido proceso al no haber recabado el certificado de nacimiento original para establecer si efectivamente se trata de un documento original a través de una pericia grafológica, y poder sancionar al accionante con objetividad; ii) No se citó a terceras personas que fueron mencionadas dentro de la tramitación del certificado de nacimiento de la denunciante en el proceso administrativo; y,  iii) En principio se sancionó al impetrante de tutela por la comisión de tres faltas y luego de dos, sin fundamentar adecuadamente por qué correspondería su destitución.

Ante la solicitud de aclaración, complementación y enmienda presentada por los demandados el 15 de junio de 2018, cursante de fs. 384 a 385 vta., mediante Auto de 19 del mismo mes y año, cursante a fs. 386 y vta., el Juez de garantías aclaró su Resolución mencionando que al no actuar como juez ordinario, por mandato constitucional no le corresponde valorar la prueba.