SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2018-S3
Fecha: 03-Dic-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de marzo de 2018, en horas de la madrugada, el personal de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre del departamento de Chuquisaca, procedió a arrancar de forma violenta el “toldo” del frontis de su local, denominado “Café Concert Club Honky Tonk 501”, pese a las explicaciones respecto a la no existencia de notificación y que el trámite se encontraba en curso, generando de esta forma una serie de daños materiales al mismo inmueble.
Por todo lo acontecido, presentó memorial ante la Dirección de Medio Ambiente de dicha entidad edil, el 29 de marzo del referido año, solicitando aclaraciones respecto a la inexistencia de notificación para poder retirar el “toldo” que tiene un costo aproximado de Bs17 500.- (diecisiete mil quinientos bolivianos) y/o adecuarlo a las normas administrativas vigentes, pidiendo la inmediata devolución en las mismas condiciones, además la reparación de todo el daño ocasionado en el inmueble.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 11
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- La acción de amparo forma parte del control reforzado de constitucionalidad o control tutelar de los derechos y garantías, al constituirse un mecanismo constitucional inmediato de carácter preventivo y reparador destinado a lograr la vigencia y respeto de los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.2. Sobre el derecho a la petición y los presupuestos generales para su tutela
- En cuanto a su contenido esencial, la Constitución hace referencia a una respuesta formal y pronta, entendiéndose que ésta, entonces debe ser escrita, dando una respuesta material a lo solicitado ya sea en sentido positivo o negativo, dentro de plazos previstos en las normas aplicables o, a falta de éstas, en términos breves
- la obligación por parte de las autoridades y servidores públicos de comunicar al peticionante la respuesta a la petición…
- primer requisito
- segundo requisito
- tercer requisito
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR