SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S3
Fecha: 04-Dic-2018
Fragmento 20
De los antecedentes se establece que, el 21 de noviembre de 2017, Matilde Villca Huanca, denunció ante el Comandante Departamental de la Policía de Santa Cruz, haber sufrido acoso sexual y laboral por el impetrante de tutela (Conclusión II.7); por Informe Psicológico de 5 de diciembre del citado año, Yanet Ardaya Frías, Psicóloga de la UPAVT, recomendó proporcionar ayuda psicológica y la aplicación de medidas de protección en favor de la víctima, debido a las secuelas subsistentes por el acoso sexual sufrido, generando sentimientos de molestia, miedo e inseguridad (Conclusión II.8); Deibi Cruz -testigo-, en su declaración refiere que la denunciante le comentó haber sido víctima de acoso laboral y discriminación por el solicitante de tutela; por lo que, solicitó su repliegue, siendo ese el motivo para dejar las funciones de Secretaria de la Estación Policial Integral 8 de la referida ciudad (Conclusión II.9); Jesyca Juaniquina Rocha y Vanesa Quinteros Miranda -testigos-, refirieren que el prenombrado es una persona agresiva a momento de llamar la atención, mala y dañina, que “…menosprecia a las clases…” (sic); describen que la víctima comentó haber sido víctima de acoso laboral; Jesyca Juaniquina Rocha, aclaró, que cuando presto su declaración informativa en el proceso interno ante la DIDIPI, se sintió intimidada por el peticionante de tutela (Conclusiones II.10 y 11).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados…
- CONFIRMAR