SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S3

Fecha: 04-Dic-2018

III.3.  Análisis del caso concreto

El accionante señala que dentro del proceso disciplinario, seguido en su contra por Matilde Millca Huanca -denunciante-, el 19 de diciembre de 2017, se dispuso el rechazo de la denuncia de acoso laboral y sexual en su favor, misma que fue revocada por Resolución Fiscal Policial Departamental de 4 de enero de 2018, emitida por Miguel Ángel Mercado Flores, Fiscal Departamental Policial de Santa Cruz, hecho que vulneró sus derechos a la tutela judicial efectiva, a ser juzgado dentro de un plazo razonable y al debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación; al haberse concedido más allá de lo pedido, ya que dicha decisión resolvió aspectos que no fueron impugnados.

El 19 de diciembre de 2017, Roy F. Torrico Monzón, Fiscal Policial, a través de Resolución Fiscal Policial, dispuso el rechazo de la denuncia y archivo de obrados; mediante memorial de 27 del mencionado mes y año, la denunciante impugnó la referida Resolución, solicitando se revoque la misma (Conclusiones II.12 y 13).

Miguel Ángel Mercado Flores, Fiscal Departamental Policial de Santa Cruz, mediante Resolución  Fiscal Policial Departamental de 4 de enero de 2018,  dispuso la revocatoria de la Resolución Fiscal Policial, bajo el argumento de que la declaración informativa ante la FELCV, de Jesyca Juaquinita Rocha       -testigo-, resulta ser contradictoria con lo manifestado ante la DIDIPI, ya que refiere que fue intimidada por el accionante al momento de prestar su declaración en el proceso administrativo interno; por lo que, solicitó al Fiscal de Materia las garantías necesarias. Bajo el mencionado razonamiento la autoridad demandada consideró la necesidad de revocar la referida Resolución, a efectos de que la testigo pueda ampliar su declaración en el proceso administrativo y prosiga la investigación.