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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0765/2018-S3

    Fecha: 04-Dic-2018

    II.11.

    II.11.  Por Acta de Declaración 11 del indicado mes y año, Vanesa Quinteros Miranda -testigo-, manifestó que en una ocasión la supuesta víctima le comentó haber sido molestada por el accionante, invitándole a salir y ella no accedió; el prenombrado tiene un carácter especial al momento de llamar la atención a un subalterno, sin que le importe la presencia de personas civiles o víctimas cuando se está atendiendo un caso (fs. 352 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.14.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La Naturaleza de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 20
    • La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados…
    • CONFIRMAR

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