SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0766/2018-S3
Fecha: 20-Dic-2018
Fragmento 18
De los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que Sergio Miguel Taborga Ibarguen, inició un proceso de divorcio contra María Eugenia Bazoberry Otero de Taborga -accionante- que fue admitida y corrida en traslado (Conclusión II.1), dentro del mismo, la peticionante de tutela interpuso excepción previa de impersonería que fue rechazada por Resolución 1249/2015 de 15 de diciembre, señalándose audiencia para la consideración de medidas provisionales en el mismo fallo (Conclusión II.2) cuya notificación con la aludida Resolución, -según su criterio- fue realizada de manera irregular, por lo que interpuso incidente de nulidad de notificación, que fue resuelto por Auto de 19 de enero de 2017, aceptando el incidente y anulando obrados hasta “fs. 27” (Conclusión II.4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.4.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.1. La fundamentación y motivación como elementos del debido proceso
- Fragmento 16
- III.2. De la congruencia
- Fragmento 18
- en cuyo otrosí tercero
- i)
- CONFIRMAR