SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0811/2018-S2

Fecha: 03-Dic-2018

II.2.

II.2.    El 13 de marzo de 2017, Doroteo Flores, Director de Urbanismo del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba, mediante Informe URB. 10/17 dirigido al Director Jurídico del mencionado municipio, señaló que: “…tengo a bien informar que de acuerdo a una verificación y medición en situ juntamente con el topógrafo se pudo verificar de acuerdo a la autorización de trabajos se verificó que se ha excedido en la construcción de la muralla en a lado este con 114.38mt a lado norte con 16.01 mt a lado sud con 10.23 mt con longitud total de 140.62 mt. Por tal situación se deduce que la Sra. Demetria Ureña habría utilizado o manipulado la autorización de muralla para construir mayor longitud de la autorizada. La autorización que se dio no coincide con las medidas del plano. También se hace conocer que no se tiene la autorización a nombre Sra. Demetria Ureña, si se tiene a nombre de la señora Blanca Vásquez que obtiene una autorización de trabajos para cierre perimetral de un predio ubicado en la zona de Sirpita, Manzano R.U, sobre calle innominada de 10,00 un perfil lado sur, en fecha 30 de marzo de 2016” (sic) -fs. 168-.