SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2018-S2
Fecha: 10-Dic-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Cursando el segundo año de formación profesional en la ANAPOL, culminado el primer semestre de la gestión 2017, se publicó la lista de los cadetes que debían someterse a exámenes de segundo turno, en la cual no figuró su nombre; advierte que sin darle razón alguna y sin haberse publicado las notas del tercer parcial del tercer semestre de igual gestión, correspondientes a la materia de economía, en la que supuestamente obtuvo la nota de veintinueve sobre cien, se dispuso su baja definitiva.
No tiene observación alguna con relación al primer y segundo parcial; empero, si respecto al tercero; dado que, de forma irregular se publicó primero la lista de los “desquitantes”; sin embargo, de acuerdo al reglamento correspondía que se lo haga en primer término, las listas de los alumnos y materias aprobadas o reprobadas; asimismo, se omitió sacar el cuadro de notas -documento en el que se publica las notas obtenidas- del tercer parcial y el cuadro general.
En razón a que la calificación que se le otorgó, no refleja la que en realidad obtuvo, porque no se hizo la ponderación de su nota, ya que, de haberlo hecho, habría alcanzado la nota de treinta y tres; con lo cual, se le habilitaba para rendir la prueba de segunda instancia; por lo que, solicitó la revisión de su nota; sin embargo, vulnerando el Reglamento Estudiantil de la UNIPOL, no se dio curso a su pedido y mediante la Resolución Administrativa (RA) 097/2017 de 18 de julio, el Consejo de la ANAPOL le dio de baja.
Contra la injusta resolución interpuso recurso de revocatoria; el cual fue resuelto por la Resolución Administrativa (RA) 155/2017 de 29 de agosto, que confirmó la Resolución impugnada; empero, no respondió a los argumentos esgrimidos en el citado recurso y señaló que todo estaba correcto; empero, carecía de fundamentación y motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- 2.
- 1) las autoridades judiciales
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto.
- del tercer parcial
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO