SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
iv)
iv) Asimismo, el cuarto agravio señala que el Auto Definitivo carece por completo de fundamentación, habiéndose limitado la autoridad sumariante a citar, punto por punto la numeración de cada uno de los agravios expresados en el recurso de revocatoria; sin embargo, no motivó ninguno de esos puntos y se evidencian la carencia de elementos formales y de fondo que motiven un procesamiento y peor aún una sanción.
El referido agravio fue respondido, dado que de la lectura del Auto definitivo se observa que la Jueza Sumariante revisó y fundamentó su posición, punto por punto del recurso de revocatoria presentado por el procesado, habiendo referido y valorado nuevamente la prueba de descargos adjuntada al proceso; por lo manifestado, se dio respuesta al agravio impugnado de manera motivada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- i)
- III.1. Respecto a la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- arbitrariedad
- relevancia constitucional
- III.3.1.
- III.3.2.
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO