SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0857/2018-S1

Fecha: 20-Dic-2018

II.1.

II.1.    Por Resolución de Desestimación de 21 de marzo de 2018, Rubén Arciénega Llano, Fiscal de Materia, resolvió desestimar la denuncia presentada por el ahora accionante contra Olga Mendieta Ovidio, Rodrigo Borda Muñoz, Francisca Sanca Lopez, Sonia Neyza Rivera Suarez y Lizet Lagraba Trujillo, por la presunta comisión del delito de falso testimonio, previsto y sancionado en el art. 169 del Código Penal (CP), con el fundamento que: 1) La autoridad jurisdiccional que conoce el proceso de asistencia familiar, previamente a disponer el incremento de la asistencia familiar, siguió un procedimiento que responde a un orden secuencial de pasos, fundamentando su decisión en su sana crítica y en la valoración de todos los elementos de prueba de cargo presentados por la demandante; 2) El Auto Definitivo emitido por la Jueza Pública Mixta de Familia y de la Niñez y Adolescencia Primera de Sacaba del departamento de Cochabamba, dispuso el incremento de la asistencia familiar, era apelable en el plazo de cinco días, conforme determina el art. 443 del CF, consiguientemente, si el ahora accionante se sentía afectado por la referida resolución, debió agotar la vía “civil” correspondiente; y 3) Para el ejercicio de la acción penal pública que es de última ratio, es necesario que concurran elementos configurativos del tipo penal denunciado, hecho que no acontece en el presente caso, consecuentemente, resultó ser atípico penalmente (fs. 3 a 6).