SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0861/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0861/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, en audiencia, reiteró el contenido de su demanda y añadió que la Resolución que dispuso su detención preventiva, en cuanto a la concurrencia de los riesgos procesales previstos por el art. 235.1 y 2 del CPP, se basó en el hecho que su persona tenía amistad con el “señor Cámara” porque vivió en su departamento y lo visitaba en la cárcel; empero, el riesgo procesal no puede basarse en esas circunstancias sino en elementos objetivos que arroje la investigación. La SC “795/14” prohíbe a los jueces fundamentar sus resoluciones en cuestiones subjetivas, lo que atañe también a los tribunales de apelación, que deben analizar y compulsar si la Resolución revisada se pronunció dentro del marco legal y con respeto a los derechos y garantías del imputado.