SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
denegó
El Juez de Sentencia Penal de la Capital del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 21 de febrero de 2018, cursante de fs. 58 a 61, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) No se aprecian actos ilegales u omisiones indebidas vinculados con la libertad, que operen como causa directa para su restricción o supresión; 2) Además, considerando que las medidas cautelares en su cesación tienen un carácter instrumental de variabilidad y temporalidad, puede ser solicitada nuevamente; 3) No se advierte estado de indefensión del accionante, ya que en las diferentes etapas del proceso tuvo todos los medios para ejercer su defensa técnica; y, 4) Los juzgadores en materia penal, realizan la valoración de acuerdo a su sana crítica, lógica y experiencia, labor que es privativa de la jurisdicción ordinaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1.1.
- menor de edad
- III.1.2. El enfoque interseccional para el análisis de la violencia hacia niñas y adolescentes mujeres
- Todas las personas, en particular las mujeres
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- justiciabilidad
- tomen medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo que aliente a las mujeres a reclamar sus derechos
- Fragmento 18
- niñas
- toda forma de conciliación o transacción
- III.2.
- 1)
- Peligro efectivo para la víctima o el denunciante
- en los casos de violencia contra niñas o adolescentes mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, al analizar la aplicación de las medidas cautelares, considere
- ii)
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- al imputado
- CONFIRMAR
- 3° Disponer
- MAGISTRADA