SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S2

Fecha: 20-Dic-2018

III.1.1.

El enfoque interseccional se constituye en una herramienta útil para analizar la vulneración de los derechos, en especial a la igualdad, cuando se presentan múltiples factores de discriminación que se entrecruzan y que influyen en el ejercicio y goce de los derechos de las personas. A partir de ello, es posible tener una mirada plural de la discriminación y violencia hacia la mujer, comprendiendo las desigualdades y necesidades de las mujeres en los casos concretos, las cuales pueden estar atravesadas por diversas identidades u otros factores que las coloquen en situaciones mayores de subordinación, violencia o discriminación.

El enfoque interseccional ha sido recogido, por ejemplo, en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belem do Pará) como criterio interpretativo sobre las obligaciones internacionales de los Estados[1]. Así, el art. 9 de la citada Convención, señala: