SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0872/2018-S2
Fecha: 20-Dic-2018
tomen medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo que aliente a las mujeres a reclamar sus derechos
El Comité también recomienda a los Estados Partes establecer y hacer cumplir recursos adecuados, efectivos, atribuidos con prontitud, holísticos y proporcionales a la gravedad del daño sufrido por las mujeres; recursos que deben incluir, según corresponda, la restitución (reintegración), la indemnización (en forma de dinero, bienes o servicios); y la rehabilitación (atención médica y psicológica y otros servicios sociales). Así mismo, establece recomendaciones específicas en la esfera del Derecho Penal, en sentido que los Estados ejerzan la debida diligencia para prevenir, investigar, castigar y ofrecer reparación por todos los delitos cometidos contra mujeres, ya sean perpetrados por agentes estatales o no estatales; garanticen que la prescripción se ajuste a los intereses de las víctimas, tomen medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo que aliente a las mujeres a reclamar sus derechos, denunciar delitos cometidos contra ellas y participar activamente en los procesos; revisen las normas sobre pruebas y su aplicación específicamente en casos de violencia contra la mujer y mejoren la respuesta de la justicia penal a la violencia en el hogar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1.1.
- menor de edad
- III.1.2. El enfoque interseccional para el análisis de la violencia hacia niñas y adolescentes mujeres
- Todas las personas, en particular las mujeres
- actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer
- que los Estados tendrán especialmente en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, por ser menor de edad o estar en situación socioeconómica desfavorable
- justiciabilidad
- tomen medidas apropiadas para crear un entorno de apoyo que aliente a las mujeres a reclamar sus derechos
- Fragmento 18
- niñas
- toda forma de conciliación o transacción
- III.2.
- 1)
- Peligro efectivo para la víctima o el denunciante
- en los casos de violencia contra niñas o adolescentes mujeres, corresponderá que la autoridad fiscal y judicial, al analizar la aplicación de las medidas cautelares, considere
- ii)
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- al imputado
- CONFIRMAR
- 3° Disponer
- MAGISTRADA