AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0047/2018-CA

Fecha: 22-Feb-2018

6)

6)  A fs. 327 a 327 vta., se halla el punto referido a la procedencia de la acción; para esta parte, los accionantes se limitan en señalar la facultad que les otorgan los arts. 132 y 133 del CPCo a objeto de presentar la solicitud de inconstitucionalidad de las normas que consideran afectadas de inconstitucionalidad; y esta situación deviene por que se atenta contra el debido proceso y contra la seguridad jurídica que dio lugar a un viciado proceso administrativo que está en contradicción a los derechos y garantías constitucionales, como el debido proceso y a la defensa; señalan también que a la presentación de su recurso de revocatoria, contra la Resolución Sancionatoria de la AJ; se les respondió que para ser considerada su impugnación, debe estar acompañada de depósito bancario o boleta de garantía bancaria; advirtiéndoles el rechazo del recurso, sin mayor trámite, en caso de no ser cumplida. Señalan que esta situación, las convierte como víctimas del atropello ilegal de la AJ; ya que se realiza en total inobservancia de las disposiciones consagradas en la Constitución Política del Estado.