Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Auto CONSTITUCIONAL Plurinacional 0002/2018-o
Fecha: 20-Feb-2018
3)
3) También se estableció que la Colonia Menonita “Belize-La Milagrosa” tiene una superficie excedente, sujeta a dotación simple; sin embargo, la normativa agraria vigente establecía que mientras dure la investigación sobre todas las tierras que comprende el caso “BOLIBRAS” y hasta su conclusión de todos los procesos, queda terminantemente prohibida su dotación o adjudicación; por lo que, no se reconocería ningún trámite de titulación vinculado a éste, encomendando al INRA el tomar todas las acciones de ley contra cualquier tipo de asentamiento anterior o posterior a la investigación, siendo que no correspondía otorgar la propiedad a favor de la señalada Colonia Menonita; y,
- queja
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- I.2. Petitorio
- a)
- b)
- c)
- 1)
- 2)
- 3)
- I.5. Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- frente a un eventual incumplimiento o demora en la ejecución de una decisión constitucional, el legislador ha dispuesto para la etapa de ejecución de fallos, un mecanismo procesal idóneo para la denuncia por incumplimiento de decisiones emergentes de acciones tutelares, destinado a consolidar una real materialización y por ende un efectivo cumplimiento a sentencias constitucionales con calidad de cosa juzgada
- es coherente y acorde a los principios de inmediatez y celeridad concordante con la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y propios del proceso constitucional de la acción de amparo constitucional y demás mecanismos tutelares de defensa; asimismo, responde a una pauta hermenéutica específica, cual es la interpretación según los fines establecidos en los principios constitucionales, en ese orden, es pertinente precisar que el principio de tutela constitucional efectiva, tiene un rango constitucional y se configura como un corolario para el ejercicio del control de constitucionalidad en el Estado Plurinacional de Bolivia, por tanto, la disciplina del procedimiento de queja por demora o incumplimiento en ejecución de decisiones constitucionales con calidad de cosa juzgada, responde a la consolidación de dicho principio
- III.2. Análisis del cumplimiento de la SCP 0554/2016-S2
- Fragmento 23