SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0003/2018-S3

Fecha: 28-Feb-2018

II.3.

II.3.  Jorge Calderón Zuñiga, Jefe Regional de Trabajo Camiri, mediante Conminatoria de Reincorporación JRTC/SC/JCZ 06/2017 de 16 de junio, concluyó que las causas para prescindir y/o desvincular a un trabajador de su fuente laboral se encuentran establecidas en el art. 16 de la LGT y 9 del Decreto Reglamentario de la LGT; y, considerando que la edad (sesenta y cinco años) no constituye causa legal para la desvinculación y/o retiro de la fuente laboral del trabajador, conminó a la CPS de Camiri, a la reincorporación a su fuente de trabajo a René Antonio Bejarano al mismo cargo que ocupaba hasta el 29 de mayo de 2017, de manera inmediata y computable desde su legal notificación más la cancelación de salarios impagos y/o regularización de otros derechos laborales que correspondan (fs. 9 a 10).