Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2018-S4
Fecha: 06-Feb-2018
I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 31 de mayo de 2017, rechazó in límine la acción de amparo constitucional, por su improcedencia debido a que incumple el principio de inmediatez, disponiendo el archivo de obrados; consecuentemente, los accionantes, mediante memorial presentado el 28 de junio de igual año, impugnaron dicha determinación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR