Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2018-S1
Fecha: 27-Feb-2018
2° Exhortar
2° Exhortar a la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba como a la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura del mismo departamento, si es que no lo hubiera hecho a la fecha, para que a la brevedad posible se haga efectiva la designación de Secretaria o Secretario para el Juzgado Público Mixto Primero de la EPI-SUR de dicho departamento, correspondiendo del mismo modo verificar la situación de otros juzgados, y en consecuencia atender de manera prioritaria todas aquellas solicitudes de requerimiento de servidores de apoyo judicial, a fin de proporcionar los recursos humanos necesarios para el cumplimiento efectivo de las labores judiciales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la apelación incidental prevista en el art. 251 del CPP y el plazo para la remisión de antecedentes ante el Tribunal de alzada
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Consideraciones sobre las alegaciones de la autoridad demandada
- CONFIRMAR
- 2° Exhortar