Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0078/2018-S2
Fecha: 23-Mar-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución de 30 de octubre de 2017, cursante de fs. 12 vta. a 14 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Silvia Montes Mamani contra Pastora Cabrera Misericordia, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Tupiza; César Silverio Arando Benítez, Fiscal de Materia; y, la Empresa de Correos de Bolivia (ECOBOL), todos del departamento de Potosí.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad respecto a las vulneraciones del debido proceso
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- no existe legitimación pasiva cuando la autoridad o persona demandada no participó en la vulneración de los derechos invocados.
- III.3.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- MAGISTRADO
- eficaces y oportunos
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,