Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018-S3
Fecha: 08-Mar-2018
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia se disponga que el Fiscal demandado, ordene las medidas de protección, entre ellas y de manera especial que la hija de la accionante -Mónica Asunción Albino Tejerina- salga del inmueble; en tanto que, Weimar Albino Tejerina se abstenga de afectarle físicamente y no se acerque a su domicilio; asimismo, no sea hostigada, ni amenazada con quitarle la vida, por la negativa de otorgarle herencia anticipada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación
- III.2. La tutela del derecho a la vida vía acción de libertad
- deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR