Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018-S3
Fecha: 08-Mar-2018
II.3.
II.3. Cursan también, la Resolución Fiscal de medidas de protección dentro del caso TAR. 1704602 INT 182 y las Directrices del inicio de investigación preliminar, dirigidas a la Directora de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) del departamento de Tarija; ambos actuados con fecha 6 de octubre de 2017; empero, fueron recepcionados por la entidad destinataria el 10 del mismo mes y año (fs. 59 a 60 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación
- III.2. La tutela del derecho a la vida vía acción de libertad
- deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR