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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2018-S3

    Fecha: 08-Mar-2018

    II.4.

    II.4. El 11 de octubre del año indicado, Carlos Andrés Oblitas, Fiscal de Materia, hace conocer al Juzgado Anticorrupción y Violencia Familiar Primero del departamento de Tarija, las medidas de protección dispuestas por el Ministerio Público y solicitó su homologación, adjuntado la respectiva Resolución (fs. 61).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • la ingeniería dogmática de la acción de libertad está diseñada sobre la base de dos pilares esenciales, el primero referente a su naturaleza procesal y el segundo, compuesto por los presupuestos de activación
    • III.2. La tutela del derecho a la vida vía acción de libertad
    • deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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