Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2018-S4
Fecha: 07-Mar-2018
acción de libertad
En revisión la Resolución 42/2017 del 18 de octubre, cursante de fs. 47 a 50, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mario Caba Villalba contra Hugo Bernardo Córdova Egüez y Hugo Michel Lescano, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2
- está obligado a verificar y determinar la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 CPP
- ello no significa que el tribunal de apelación cuando determine disponer la detención preventiva, esté exento de pronunciar una resolución lo suficientemente motivada, en la que se exprese la concurrencia de los dos requisitos que la ley impone
- el primero
- directamente
- según los hechos, los escenarios o contextos en los que se haya desarrollado el ilícito y no de manera directa y genérica como se hizo
- sin ninguna justificación
- REVOCAR