SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0035/2018-S4
Fecha: 12-Mar-2018
II.7.
II.7. A través de la Resolución RES.STUMSA 09/2017 de 20 de junio, el Sindicato de Trabajadores de la UMSA, en consideración al informe de los resultados de la auditoría externa de los ingresos y gastos de las gestiones 2012-2014 y 2014-2016, determinó expulsar definitivamente del movimiento sindical sin derecho a reconsideración a Ramiro Benjamín Aguilar Borda, Milton Franz Flores Ferrufino, Jilka Russa Barrera Miranda, María Elena Albarracín Irusta, Porfirio Chura Loza y todo el Directorio de la gestión 2014-2016, por incumplimiento a los arts. 14, 15, 16 Capitulo IV (de la obligatoriedad de rendir informes económicos) y 18 Capítulo V (de las Sanciones) por malversación de fondos del Reglamento Financiero del Estatuto Orgánico del Sindicato de Trabajadores de la UMSA; asimismo, expulsaron definitivamente del movimiento sindical, sin derecho a reconsideración a Ramiro Benjamín Aguilar Borda, Virginia Argote Solíz, Waldo Aruquipa Cari, Mabel Virginia Luján Mendoza, Rosario Ugarte Amaya y todo el directorio de las gestión 2012-2014, por malversación de fondos en aplicación del art. 18 del Reglamento Financiero del Estatuto Orgánico del Sindicato de Trabajadores de la UMSA (fs. 221 a 224).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- c)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo. No es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento sino buscar un proceso justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales
- o cualesquiera otras, expresadas en una resolución en general
- o cualesquier otra, expresada en una resolución en general
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder en parte
- CONFIRMAR