SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0039/2018-S1

Fecha: 12-Mar-2018

II.4.

II.4.  A través del Auto de Vista 78/2017 de 4 de mayo, la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, confirmó totalmente el Auto Definitivo impugnado, fundamentando que:               “III.- AGRAVIOS DEL RECURSO (…) Incorrecta valoración de la prueba y errónea interpretación de la Ley, toda vez que el Art. 109-II de la Ley Nº 603 (…) IV.- ANÁLISIS JURIDICO Y DE LA NORMATIVA LEGAL Y JURISPRUDENCIA APLICABLE AL CASO (…) Art. 122 de la Ley Nº 603 (…) que establece que cesa la obligación de asistencia familiar cuando: (…). V.- ANÁLISIS DE LOS AGRAVIOS. (…). Teniendo en cuenta que el agravio se centra en la errónea valoración de la prueba, corresponde señalar que la persona que pretenda en juicio un derecho debe probar el hecho que fundamentan su pretensión (…) y en caso de no demostrar su demanda por insuficiencia de pruebas el Juez en Sentencia tiene la obligación de declarar improbada. ...se evidencia que la parte actora no aportó con suficiente prueba, para que forme convencimiento de lo demandado, pese a los argumentos de la demanda y la prueba cursante (…), no se ha demostrado que el beneficiario Erick Mauricio Paniagua Alvarado está en la posibilidad de satisfacer sus propias necesidades, así también el certificado del Instituto INFOCAL sólo acredita que el beneficiario participo en un curso de capacitación en electricidad domiciliaria por el tiempo de tres meses, pero dicha certificación no acredita que el beneficiario haya adquirido una formación técnica… . Por otra parte (…) cursa la Certificación y el Avance Académico del beneficiario, emitido por la Universidad Privada Domingo Savio (…) en la que consta que Erick Mauricio Paniagua Alvarado es alumno regular de la carrera de Ingeniería Comercial y que se encuentra cursando el segundo periodo de la gestión 2016…, se colige que el Juez A-quo ha analizado correctamente todas y cada una de las pruebas producidas conforme lo previsto en el Art. 332 de la ley Nº 603 (…), consiguientemente el juzgador realizó una adecuada y correcta interpretación de las normas aplicables al caso” (sic) (fs. 73 a 75 vta.).