Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2018-S1 de 16 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional 0055/2018-S1 de 16 de marzo

Fecha: 16-Mar-2018

el problema se presenta cuándo el vicio procesal se suscitó en una instancia superior y el proceso ya hubiere sido devuelto al juez de origen

En el mismo sentido, la tramitación de los incidentes como cuestiones accesorias al objeto principal del litigio, comprende por lo general a todas aquellas incidencias que se presentan antes de la emisión de la sentencia, en cuyo caso, la determinación de qué autoridad debe resolverla, no ofrece mayor dificultad, siendo el mismo, el órgano jurisdiccional a cuyo cargo se halla la primera instancia del proceso; el problema se presenta cuándo el vicio procesal se suscitó en una instancia superior y el proceso ya hubiere sido devuelto al juez de origen, revisado el Código Procesal Civil, se advierte que no existe regulación expresa de cuál es el procedimiento a seguir en esta hipótesis, no obstante, para solucionar esta incógnita, corresponde realizar un análisis integral de la normativa aplicable al respecto.