SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2018-S1
Fecha: 16-Mar-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que se lesionaron sus derechos a la defensa, al debido proceso en sus vertientes fundamentación, motivación y congruencia, a la seguridad jurídica, a una justicia transparente con igualdad de condiciones, sujeta a la verdad material; y, al principio de primacía de la relación laboral, señalando que dentro de la demanda laboral de reincorporación por inamovilidad instaurado por Paola Fabiana Cabrera Rocha -ahora tercera interesada- contra su persona, en primera instancia se emitió Sentencia 22/16 de 5 de abril de 2016, que declaró probada la demanda con total ausencia de fundamentación al no haber aclarado el por qué se debe reincorporar a la demandante luego que existió abandono; en apelación el Auto de Vista al revocar parcialmente la Sentencia no realizó la fundamentación y motivación respectiva al limitarse a hacer cálculos aritméticos y no verificar la prueba presentada. Finalmente, en etapa de casación, mediante el AS 217/2017-I de 9 de junio, se declaró improcedente su recurso por incumplimiento de requisitos formales, sin efectuar un análisis de fondo ni de forma de las resoluciones recurridas, que a su turno carecían de la debida fundamentación y motivación, así como tampoco valoraron la prueba presentada, de tal modo que también incurrieron en omisión respecto a fundamentar y motivar en lo relativo a la valoración de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la fundamentación y motivación en las resoluciones
- la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma, pues la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador,
- III.2. Análisis del caso concreto
- declara improcedente, el recurso y NO FUNDAMENTA EL PROCESO EN EL FONDO, sino simplemente hace referencia a aspectos de forma del recurso. No se Cumplió con la Labor de los Magistrados el cual es Revisar el fondo y la forma en que se llevó adelante el proceso
- b)
- c)
- e)
- f)
- CONFIRMAR