SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S4

Fecha: 27-Mar-2018

Fragmento 33

               De acuerdo a lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.4, en el orden constitucional boliviano se considera que la salud es un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado, mediante la prestación de un servicio público acorde a los principios de “universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad y eficacia” (art. 45.II e la CPE). Esto implica que el Estado tiene la obligación de asumir políticas que garanticen “mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud” (art. 35.I de la CPE). Así se tiene reconocido también en instrumentos internacionales que exigen a los Estados parte, adoptar medidas de protección que permitan el acceso efectivo a servicios asistenciales en salud, como la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 25), la Declaración Universal de los Derechos del Niño (Principio 2) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (art. 12).