SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2018-S4

Fecha: 27-Mar-2018

III.2.

Configuradas en la Constitución Política del Estado como acciones de defensa, la acción de cumplimiento y la acción de amparo constitucional se diferencian en esencia por su ámbito de protección. Así, la acción de amparo constitucional se circunscribe a la tutela de los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Política del Estado y en las normas del bloque de constitucionalidad, frente a actos u omisiones ilegales o indebidas, de servidores públicos o particulares, conforme establecen los arts. 128 de la CPE y 51 del CPCo; mientras que, la acción de cumplimiento tiene como objeto garantizar la ejecución de la norma constitucional o legal cuando la misma es incumplida por servidoras o servidores públicos u Órganos del Estado, como determinan los arts. 134 de la CPE y 64 del CPCo.