SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2018-S4

Fecha: 27-Mar-2018

i)

Rolando Sánchez Cuéllar, Director Distrital de Educación – Santa Cruz II, expuso lo siguiente: i) Conforme la Ley 070 de 20 de diciembre de 2010 –Ley de Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”–, respetando a la Constitución Política del Estado, no se le puede privar a nadie de la educación, y las expulsiones se dan en caso de consumo de drogas, robo agravado, etc.; es decir, en casos extremos; ii) Cuando llegaron los padres de AA a visitarlo, se hicieron todas las diligencias necesarias para que el Establecimiento Educativo inicie un dialogo con la familia y traten de llegar a un entendimiento y no a la suspensión de las menores, pidiéndole al Colegio que abra nuevamente las puertas a estas señoritas, habiéndose acudido a la Unidad Educativa en reiteradas oportunidades para que cambie de actitud; sin embargo, ante la negativa hemos iniciado un proceso administrativo a la institución por incumplimiento a la resolución para que se reincorporen las estudiantes, pues el texto está mal redactado y no es expulsión sino suspensión; y, iii) A través de una nota se va exigir que en veinticuatro (24) horas las señoritas sean reincorporadas al Colegio, continuándose un proceso al Colegio por incumplimiento de sus obligaciones y a la Ley 070, porque no puede quedar sin ninguna sanción.