Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
III.4.1. Consideraciones previas
Corresponde aclarar que, si bien el accionante no activó la vía administrativa de reclamación acorde lo establece la Ley de Procedimiento Administrativo, para impugnar la decisión arribada por el Consejo de profesores por el que se expulsó a la alumna AA, conforme manifiesta la parte demandada; aquello no impide la consideración de fondo de la presente acción tutelar, por la abstracción del principio de subsidiariedad descrita en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, cuando se trata de menores de edad, comprendidos en un sector de vulnerabilidad ampliamente protegidos por la Norma Suprema.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Del debido proceso disciplinario escolar
- no es contrario a derecho que los procedimientos sean más agiles y menos formalistas sin dejar las normas básicas del derecho al debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Consideraciones previas
- III.4.2. Del acto lesivo
- CONFIRMAR