Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0090/2018-S4
Fecha: 27-Mar-2018
II.1.
II.1. Por informes de 11 de septiembre de 2017, presentados en la Coordinación Secundaria del Colegio Emprendedor de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, los profesores Yamila Cruzada Lorenzo y Patricia Gil Domínguez hicieron conocer que presenciaron agresiones verbales y físicas entre la representada del accionante y otra estudiante a la salida de clases en la vereda del Establecimiento (fs. 45 y 46).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Del debido proceso disciplinario escolar
- no es contrario a derecho que los procedimientos sean más agiles y menos formalistas sin dejar las normas básicas del derecho al debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1. Consideraciones previas
- III.4.2. Del acto lesivo
- CONFIRMAR