SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2018-S4

Fecha: 27-Mar-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En mayo de 2006, ingresó a trabajar a CITSA en calidad de vendedor en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; sin embargo, en mayo de 2007, le propusieron trasladarlo a la ciudad de Trinidad como supervisor de ventas con mejor salario, dotación de vivienda y cancelación de viáticos, últimos extremos que no fueron cumplidos.

Una vez aceptada la propuesta, se desplazó a la ciudad de Trinidad, lugar donde fue sorprendido al enterarse que no solo debía supervisar las ventas de CITSA, sino que además las de AIDISA-BOLIVIA S.A., las cuales pertenecen al mismo propietario; es decir, que debía cumplir con las funciones de supervisión para dos empresas diferentes con un solo salario; situación que se sostuvo hasta agosto de 2016, toda vez que, a partir de septiembre del indicado año, bajo el justificativo de una supuesta contratación por sustitución de patrón que pretendía camuflar una nueva contratación y traslado de empresa, le fueron cancelados sus salarios por la empresa AIDISA-BOLIVIA S.A., hasta el 17 de julio de 2017, sin que hubiera dejado de prestar servicios de forma continua e ininterrumpida en ambas empresas, momento en que se produjo su despido ilegal e intempestivo.

En tales circunstancias, acudió ante la Jefatura Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni, denunciando su despido injustificado, lo que motivó se cite a las indicadas empresas para la audiencia de 28 de julio de 2017, oportunidad en la que se emitió la Conminatoria de Reincorporación 018/2017 CJCR-JDTEPS Beni, con la que se notificó legalmente a la parte empleadora el 5 de septiembre de igual año, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, dicha determinación se hubiese cumplido, generándole mayor daño económico del ya ocasionado con su desvinculación y renuencia a la reincorporación.