AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2018-O

Fecha: 06-Abr-2018

I.1.  Contenido de la denuncia

Mediante “recurso de queja” de 14 de marzo de 2017, cursante de fs. 341 a 344, los activantes señalan que, como consecuencia de la acción de amparo constitucional formulada por Bello Ávila Lijerón; el Juez de Partido y Sentencia Penal Primero de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Auto 05 de 24 de agosto de 2015, concedió la tutela solicitada únicamente respecto a la entonces Presidenta del Tribunal Departamental de Justicia del mencionado departamento, Miriam Rosell Terrazas y denegando la tutela en cuanto a los demás Vocales demandados, ordenando de manera expresa que, sin dilaciones, señale audiencia de posesión en virtud al memorando de designación PRES. 214/2015 de 29 de julio; a cuyo efecto, la referida Presidenta del Tribunal departamental precitado, dispuso dar cumplimiento al Auto descrito, remitiéndose al Consejo de la Magistratura el Acuerdo de Sala Plena, para la emisión del título y posterior posesión al cargo; por lo que, se tomó juramento y se ministró posesión al accionante el 2 de septiembre de 2015, a las 08:30, conforme se acredita en el acta de juramento y posesión respectiva, firmada por la Secretaria de Cámara de Sala Plena.