SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2018-S1

Fecha: 10-Abr-2018

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante, a través de su abogado, se ratificó en los términos de su demanda. A la pregunta formulada por el Juez de garantías, indicó que la RS 11860 no formó parte del expediente referido al proceso en cuestión, porque no se estaba discutiendo la competencia del juez, dado que los ahora accionantes no fueron parte en el proceso de saneamiento, solo se presentó la tercera interesada. La RS 06710 corregida por la RS 11860 establecía en su parte final que los afectados debían ser notificados para que impugnen en el plazo de treinta días.