Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2018-S2
Fecha: 30-Abr-2018
II.2.
II.2. Mediante el acta de audiencia de 11 de diciembre de 2017, se acredita que Mirael Salguero Palma y Victoriano Morón Cuellar, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, llevaron a cabo la audiencia de apelación a la Resolución de 29 de noviembre de 2017, dentro de la solicitud de cesación a la detención preventiva presentada por Pablo Gonzales Sánchez, resolviendo admisible e improcedente la impugnación formulada y en ese orden, confirmando la Resolución de 29 de noviembre de 2017, que fue dictada por el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz (fs. 35 a 37 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- primero
- inoportunos o inconducentes
- III.2. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- III.4. Sobre la prohibición de conciliar en casos de niñas, niños o adolescentes víctimas de violencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- la Resolución de 29 de noviembre de 2017
- en este caso a la Resolución de fecha 29 de noviembre de 2017”
- CONFIRMAR