SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2018-S4

Fecha: 30-Abr-2018

1)

Gonzalo Felipe Medina Sánchez, Director Departamental de la FELCC, por memorial presentado el 7 de diciembre de 2017, cursante a fs. 16 y vta., informó lo siguiente: 1) La acción interpuesta carece de fundamento jurídico, por cuanto ninguno de los derechos del peticionante se encuentran restringidos, tampoco existe persecución indebida, estando el caso en conocimiento del Ministerio Público y control jurisdiccional, el mismo que fue planteado con el único afán de desviar, obstaculizar y dilatar las investigaciones, toda vez que, existen suficientes elementos para sostener su participación dentro del hecho aludido; y, 2) El accionante antes de recurrir a la vía constitucional debió denunciar las supuestas vulneraciones al juez de control jurisdiccional como contralor de derechos y garantías, bajo el principio de subsidiariedad o ante el juez de instrucción de turno del ya mencionado departamento (SC 080/2010); por lo que solicitó se declare “improcedente” la acción planteada.