SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0159/2018-S4

Fecha: 30-Abr-2018

Fragmento 19

Conforme los entendimientos jurisprudenciales descritos precedentemente, en casos de denuncia de vulneración de derechos constitucionales durante la vacación judicial, si el Juez o Tribunal de la causa se encuentra haciendo uso del referido descanso, durante dicho lapso la o las personas que consideren que su derecho a la libertad se encuentra lesionado por la ejecución de un mandamiento de aprehensión, deben acudir ante el Juez de instrucción de turno, a quien le corresponde ejercer el control jurisdiccional mientras el titular de la causa regrese de su vacación y solo una vez agotada esta instancia ordinaria prevista por el ordenamiento jurídico acudir a la jurisdicción constitucional.