SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2018-S3

Fecha: 02-May-2018

Fragmento 14

Ahora bien, el entendimiento desarrollado en la jurisprudencia glosada, no sólo es aplicable para la fijación de audiencias de cesación de la detención preventiva, sino también a las audiencias de modificación de las medidas cautelares en los supuestos en los que el imputado se encuentre con detención domiciliaria; pues, si bien en este caso la persona no se encuentra detenida preventivamente; sin embargo, existe una restricción a su derecho a la libertad de locomoción que, por su intensidad, debido a que no puede salir de su domicilio, también amerita una atención prioritaria por parte de las autoridades y, en ese sentido, su solicitud de modificación de la medida cautelar debe ser atendida en los plazos señalados por la jurisprudencia constitucional antes referida” (las negrillas fueron agregadas).