SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2018-S3

Fecha: 15-May-2018

1)

Adhemar Guillermo Cucho Camacho, Director Departamental del SERECI-Oruro, mediante informe escrito de 13 de noviembre de 2017, cursante de fs. 141 a 146 vta. y en audiencia, a través de su abogada, señaló que: 1) No es cierto que se haya vulnerado los derechos a la defensa y legalidad formal de la accionante, siendo que el proceso sumario llevado en su contra respetó en todo momento las normas dispuestas, a tal efecto con autoridades legitimadas para seguir el proceso y abriéndose un periodo de prueba en el que pudo ejercer su defensa irrestricta; 2) Se dio cumplimiento a la emisión de una resolución jerárquica debidamente fundamentada y motivada respetando los lineamientos dispuestos por la jurisprudencia constitucional para tal efecto, explicándose a la ahora accionante de forma precisa la afectación al Estado causada por su conducta así como la afectación al interés público; y, 3) No se lesionó el derecho al trabajo ni a la estabilidad laboral de la impetrante de tutela, toda vez que un Oficial de Registro Civil no tiene dependencia laboral con el Tribunal Supremo Electoral, y el servicio que presta está basado en un arancel y en el marco de las regulaciones dispuestas en el Reglamento de Oficialías y Oficiales de Registro Civil, quedando claramente identificado el periodo de funciones y demás normativa especial que no se asimila a las leyes laborales.

Lilian Maribel Álvaro Ardaya, Autoridad Sumariante, mediante informe presentado el 13 de noviembre de 2017, cursante de fs. 93 a 94 y en audiencia, manifestó que en ningún momento actuó de mala fe contra la accionante, por el contrario actuó en apego a las disposiciones legales, y lo que pretende la procesada con los argumentos que describe en su acción de amparo constitucional es confundir a la jurisdicción constitucional. Por lo que al no haberse lesionado ningún derecho, solicitó se deniegue la tutela.