SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2018-S3
Fecha: 15-May-2018
ii)
ii) Sobre el derecho a la defensa y presunción de inocencia, igualmente se realizó cita jurisprudencial y de normas, para concluir que “En el presente caso, hasta el estado de la impugnación mediante Recurso Jerárquico y en la resolución del mismo, no se vulnerado este principio-derecho-garantía, ya que se ha otorgado el periodo de prueba para asumir la defensa y la autoridad sumariante ha evaluado la prueba presentada por el administrador público, quien tiene la carga de la prueba y conforme a norma vigente y específica para Oficiales de Registro Civil, como es el art. 54 inc. a) del reglamento de Oficiales de Registro Civil en base a la Resolución TSP-RSP No. 432/216…” (sic) ha aplicado la sanción correspondiente;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- El contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada o derecho a una resolución motivada, fue desarrollado en la SCP 2221/2012 de 8 de noviembre, y complementado por la SCP 0100/2013 de 17 de enero, teniendo en cuenta las finalidades que persigue este derecho fundamental
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR