SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2018-S2

Fecha: 14-May-2018

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Primero de Villazón del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 50/2017 de 22 de noviembre, cursante de fs. 45 vta. a 48, denegó la tutela solicitada; fundamentando lo siguiente: i) El principio de inmediatez al que hace referencia el abogado de la accionante, aduciendo que a partir de la notificación con la Resolución emitida por el Juez de la causa, tiene el plazo de seis meses para interponer la acción de amparo constitucional, cuando considere que fueron conculcados sus derechos o garantías constitucionales, en el caso de autos, si bien es cierto que recién hasta el mediodía del 21 de noviembre de 2017 no se labró el acta de 17 de igual mes y año; sin embargo, la omisión fue subsanada notificándose a la impetrante de tutela a través de su abogado con el referido actuado procesal; y, ii) La demandante de tutela tiene expedito el recurso de apelación incidental, conforme la previsión contenida en el art. 251 del CPP, cuyo plazo corre a partir de su notificación con la resolución, instancia en la que puede hacer valer sus observaciones y temores, no siendo la acción de amparo constitucional subsidiaria a los recursos ordinarios que tiene la parte a su disposición.