SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0181/2018-S4

Fecha: 14-May-2018

denegó

El Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 08/2017 de 13 de diciembre, cursante de fs. 28 a 29, denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: i) El debido proceso es tutelable cuando está directamente vinculado con el derecho a la libertad personal o de locomoción, empero, en este caso existe una orden judicial de detención domiciliaria, que fue cumplida por la Jueza demandada y si bien no fue remitida oportunamente se debió a varios imponderables como la vacación a la que tiene derecho, y no obstante que toda autoridad está obligada a cuidar que los funcionarios cumplan con las órdenes judiciales, la ahora demandada, según datos del cuaderno el 7 de diciembre de 2017, emitió el respectivo mandamiento; y, ii) Por otra parte, en el presente caso no se demostró que el derecho de locomoción de la accionante haya sido vulnerado por la autoridad demandada, quien no podía activar la vía constitucional indicando que existirían riesgos a su libertad pues se encuentra con orden de detención domiciliaria sujeta a un control legal en calidad de detenida, aún esté en su domicilio; en definitiva la acción de libertad, no se ajusta a la previsión del art. 125 de la CPE, ni a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional.